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MEDIACIÓN

Con el fin de brindarle a nuestros clientes un servicio integral, Martínez de Velasco, Ramírez-Gómez y Asociados, S.C. mantiene una asociación estratégica con la Asociación Nacional de Mediación.

MEDIACIÓN PRIVADA
CON FE PÚBLICA

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece a través de su artículo 17, la obligación de los estados de la República de crear mecanismos alternativos para solucionar los conflictos.

En este sentido, la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (LIADF) establece en su articulo primero, que la Mediación es un «método de gestión de conflictos para la solución de controversias entre particulares cuando éstas recaigan sobre derechos de los cuales pueden aquellos disponer libremente, sin afectar el orden público, basado en la autocomposición asistida.”

MATERIAS EN QUE
SE PUEDE MEDIAR

De acuerdo a lo dispuesto en el
artículo 5 de la LIADF, las materias en
que puede mediarse son:

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EFECTOS DE
LA MEDIACIÓN

La Mediación es el procedimiento a través del cual las partes previenen una controversia futura o solucionan una presente, alcanzando, con la ayuda y conducción del Mediador, un acuerdo satisfactorio para ambos.

Lo anterior quiere decir que no necesariamente las partes deben estar involucradas en un procedimiento judicial o administrativo para tener acceso a la Mediación, pero en caso que lo estén, pueden alcanzar un acuerdo a través de la Mediación, sustituyendo inclusive, los efectos de las condiciones del procedimiento.

Todo acuerdo que esté suscrito por las partes y en el que el Mediador Privado dotado de fe pública estampe su firma y sello, tiene el efecto de sentencia ejecutoria y por ende, su cumplimiento es inmediato a través de la vía de apremio, según lo establece el artículo 38 de la LIADF.

En este mismo sentido, el numeral 38 invocado establece que, en caso que los Mediados lo deseen, podrá anotarse el convenio en los folios de inmuebles, muebles o folio mercantil de las empresas, a lo largo de la República Mexicana.

Toda controversia que se genere a lo largo de nuestro País, es posible sujetarla a la Mediación Privada que se propone, siempre y cuando los Mediados en su ejecución, se sujeten a los Tribunales del Distrito Federal para la ejecución.

DE NUESTROS
SERVICIOS DE
MEDIACIÓN PRIVADA

A través de nuestros servicios de Mediación Privada con fe pública, podemos alcanzar acuerdos con efectos de sentencia ejecutoria y además, afectar a los inmuebles que se tengan en garantía y/o pago, en los diferentes Registros Públicos de la Propiedad y de Comercio.

Además de nuestro expertis de muchos años de dedicación en aspectos contractuales, somos especialistas en contratos civiles y mercantiles, lo que permite llevar nuestros servicios de mediación, al nivel que nuestros clientes necesitan.

CONTÁCTANOS¿CÓMO PODEMOS AYUDARTE?

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